Seguro de Vida en caso de Suicidio

El seguro de vida en el caso de suicidio
Según el artíoculo 93 de la ley del seguro, salvo pacto en contrario, el riesgo de suicidio del asegurado quedará cubierto a partir del transcurso de un año del momento de la conclusión del contrato. A estos efectos se entiende por suicidio la muerte causada consciente y voluntariamente por el propio asegurado.